Según el Reglamento de Becas del IFARHU, Artículo 69: “los auxilios educativos serán otorgados a funcionarios públicos y docentes universitarios que asistan a programas de educación continua. También podrán acceder a estos auxilios económicos los funcionarios del IFARHU, los estudiantes panameños que requieran un complemento al financiamiento de sus estudios superiores en universidades del país o extranjeras y los estudiantes de escasos recursos de universidades oficiales”. Los extranjeros deben comprobar que tienen residencia ininterrumpidamente por diez (10) años continuos en el territorio de la República de Panamá para lo cual se debe presentar el documento de estatus migratorio.
¿Quiénes pueden acceder a un Auxilio Económico?
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